El Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito ha confirmado que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) debe cumplir con una orden del extinto Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para entregar versiones públicas de contratos relacionados con el software de espionaje Pegasus. Esta decisión, impulsada por la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), ofrece una oportunidad para mejorar la transparencia en el manejo de tecnologías de vigilancia, afectando directamente la confianza de la ciudadanía en las instituciones.
La resolución se origina en un litigio que buscó obtener información sobre contratos firmados por la Sedena en 2018 y 2019 con la Comercializadora Antsua S.A. de C.V., empresa vinculada a la adquisición del denominado “Servicio de Monitoreo Remoto de Información”. El tribunal desestimó el recurso de revisión interpuesto por la Sedena, que había argumentado la imposibilidad de proporcionar información al considerar que era reservada.
Las organizaciones involucradas recordaron que el Juez de Distrito ya había determinado que se había superado el plazo para que la Sedena cumpliera con la resolución del INAI, la cual es vinculante y no apelable. Este caso comenzó con una solicitud de acceso a la información en la que R3D demandó versiones públicas de dos contratos identificados, lo cual fue inicialmente negado por la Sedena.
Sin embargo, una serie de documentos filtrados y la información proveniente de la Auditoría Superior de la Federación confirmaron la existencia de estos contratos, que implicaban inversiones superiores a 140 millones de pesos para este servicio. Estos contratos están ligados al Centro Militar de Inteligencia, que fue el usuario final del software Pegasus, conocido por su uso en espionaje.
El litigio refleja la lucha por el acceso a la información en el contexto de la privacidad y la rendición de cuentas, temas de alta relevancia para la sociedad mexicana. Tras la negativa inicial de la Sedena a proporcionar estos documentos, el INAI actuó en beneficio de la transparencia, revocando la respuesta de la defensa y ordenando la entrega de la información solicitada.
En este sentido, el Tribunal Colegiado subrayó que la Sedena no puede clasificar la información como reservada una vez que el INAI ya había tomado una decisión al respecto. Con esta resolución, se reafirma la importancia del acceso a la información pública y los derechos de la ciudadanía en el seguimiento de las acciones del Gobierno de México.
Organizaciones como R3D, Artículo 19 y Social TIC han destacado que la entrega de estos contratos es un paso hacia la vigilancia efectiva del uso de tecnologías de espionaje y la necesidad de una regulación adecuada en México. Estas acciones no solo buscan esclarecer casos de abusos, sino también fomentar un entorno donde la rendición de cuentas y la transparencia sean la norma.
