Cuando un familiar fallece, la tristeza de la pérdida a menudo se acompaña de la necesidad urgente de manejar trámites que no se pueden posponer. Este proceso no solo es emocionalmente desgastante, sino que también puede ser una carga económica considerable, dado que los costos funerarios en España son elevados. Los familiares se enfrentan a un dilema frecuente: ¿pueden utilizar el dinero del fallecido para cubrir los gastos del funeral? La respuesta no es simple, ya que las cuentas del difunto suelen estar bloqueadas, impidiendo el acceso a esos fondos.
Cuando una entidad bancaria tiene conocimiento del fallecimiento de un titular, automáticamente bloquea sus cuentas. Esta medida preventiva se realiza incluso antes de que se identifiquen los herederos, y es una obligación legal de los bancos para evitar la transferencia de activos hasta que se resuelva la herencia. Según el abogado David Jiménez, los bancos son responsables de garantizar el pago de impuestos sucesorios, lo que refuerza su papel como custodios de los bienes del difunto.
No obstante, hay excepciones. Aunque el acceso a los fondos está limitado, se permite el uso del dinero para cubrir gastos esenciales, como los del sepelio. El Banco de España subraya que las entidades pueden autorizar el uso de estos recursos antes de adjudicar la herencia, permitiendo el pago de facturas relacionadas con el funeral.
Sin embargo, esta autorización no significa que se conceda acceso al dinero en efectivo. Para que el banco realice un pago a la funeraria, los familiares deben presentar el certificado de defunción y la factura correspondiente, además de, en algunos casos, demostrar su parentesco con el fallecido. Así, el banco asegura que los fondos se utilicen únicamente para los fines previstos, manteniendo la responsabilidad ante Hacienda.
La duración del bloqueo de cuentas puede variar, a menudo extendiéndose varios meses o incluso más de un año, dependiendo de la complejidad de la sucesión. Este inconveniente puede impactar a quienes tenían autorización para acceder a esas cuentas, pues al fallecer el titular, estas autorizaciones caducan.
Una alternativa para evitar estas complicaciones es considerar la cotitularidad de la cuenta. Este modelo permite que el cotitular mantenga acceso al dinero, pero es importante tener en cuenta que si este no ha contribuido financieramente a la cuenta, Hacienda podría interpretarlo como una donación.
En resumen, el proceso de gestionar los asuntos financieros tras un fallecimiento es complejo y requiere atención cuidadosa a los detalles legales y burocráticos para asegurarse de que se manejen correctamente ambas cuestiones, las emocionales y las económicas.
