La Audiencia de Guipúzcoa ha absuelto a dos hombres acusados de tráfico de drogas tras un caso que ha puesto en cuestión qué se considera legalmente marihuana dentro de una planta. La disputa surgió al medir siete plantas de marihuana, incluyendo tallos y hojas, totalizando 4.536,6 gramos, sin distinguir entre las partes de la planta, lo que resultó en la desestimación de las acusaciones.
Los eventos se remontan al 15 de septiembre de 2022, cuando las autoridades encontraron tres plantas en un terreno y cuatro en un invernadero. La Subdelegación del Gobierno pesó la sustancia vegetal, pero no proporcionó un desglose específico, lo que llevó al tribunal a determinar que la inclusión de ramas en el peso era un proceso erróneo. La Convención Única de la ONU de 1961 define el cannabis específicamente como las sumidades floridas, excluyendo las partes leñosas.
El tribunal argumentó que la falta de precisión en el informe de pesaje impidió obtener una medición exacta de los cogollos, y que, además, no se demostró la intención de vender. Sin pruebas como dinero fraccionado o escuchas, no existía delito. Aunque la Fiscalía intentó revocar la absolución argumentando que la cantidad de sustancia superaba en 45 veces el umbral de autoconsumo, la Audiencia desestimó la apelación.
La legislación actual en España califica la marihuana como una sustancia que puede conllevar penas de cárcel entre uno y tres años. Las cantidades superiores a diez kilos incrementan las sanciones. En este caso, aunque hubo un peso elevado, no se comprobó la presencia de THC en cantidades suficientes para evidenciar tráfico, siendo este un aspecto crucial según la jurisprudencia vigente.
La situación recuerda a un caso anterior en Lugo, donde un juzgado absolvió a un hombre con 222 plantas por un fallo similar en el pesaje. La cuestión del verdadero contenido de marihuana en los cultivos se mantiene relevante, dado que el tronco y las ramas no contribuyen significativamente a la producción de sustancias activas.
En la actualidad, el uso recreativo de la marihuana sigue siendo ilegal en España, aunque se permite el consumo privado. El cáñamo industrial es legal con restricciones y el uso medicinal existe bajo un marco normativo específico. Mientras tanto, España lidera las incautaciones en la UE, aunque se ha notado una reducción en las operaciones, que algunas fuentes atribuyen a un cambio en la forma de cultivo.
Finalmente, tras cuatro años del suceso, sigue sin aclararse qué parte del peso incautado correspondía realmente a marihuana, esclareciendo que partes leñosas no son consideradas en esta categoría.
