La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha decidido de manera unánime modificar un acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) relacionado con el monitoreo de las campañas electorales para el Proceso Electoral Federal 2026-2027. Este cambio es significativo, ya que impacta directamente en la forma en que se transmiten noticias y opiniones durante un periodo electoral crucial, garantizando un entorno más plural y menos restrictivo para la libertad de expresión.
El tribunal dejó sin efecto una variable que se refería a los “mecanismos discursivos indirectos de descalificación” de candidatos. Esta medida fue considerada demasiado subjetiva y con el potencial de inhibir el ejercicio periodístico, afectando así el derecho de los ciudadanos a acceder a una diversidad informativa. Se enfatizó que la identificación de estos mecanismos podría limitar el debate y la formación de opiniones al depender de la interpretación de quienes realizan el monitoreo.
La decisión responde a una impugnación presentada por la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT), quien argumentó que esta variable vulneraba la libertad de expresión y el desarrollo libre del periodismo. La CIRT señaló que este tipo de calificación podría depender de interpretaciones subjetivas, lo que generaba incertidumbre tanto para los periodistas como para el público.
Adicionalmente, la organización destacó que el INE no consultó con ellos antes de implementar esta variable, lo cual es crucial, dado que representan a las concesionarias de medios. La magistrada electoral Claudia Valle Aguilasocho propuso la eliminación de esta variable, citando el riesgo que representa para el intercambio de ideas en el contexto electoral.
El TEPJF determinó que la ambigüedad de la variable podría llevar a confusiones y, por lo tanto, a la inseguridad jurídica en la cobertura informativa. La intención es, en última instancia, proteger la libertad de prensa y asegurar que los ciudadanos puedan acceder a una información rica y variada durante el proceso electoral. Al finalizar, el tribunal también desechó otro recurso de apelación de la CIRT sobre este mismo asunto, fortaleciendo así la claridad en las pautas de monitoreo y la importancia de la libertad informativa en México.
