Tres hermanos enfrentan un dilema legal tras heredar dos pisos de sus padres, uno de los cuales está alquilado. A pesar de que el alquiler se paga mensualmente, los hermanos no logran ponerse de acuerdo sobre el reparto de la herencia. En esta situación, un fallo común que cometen es no declarar los ingresos ante Hacienda, justificando que, al no haberse efectivado el reparto, “no son de nadie”. Sin embargo, la realidad es que, a ojos de la autoridad fiscal, los bienes pertenecen a los tres desde el fallecimiento de sus padres.
Expertos fiscales como Alina Dragos y Aitor Fernández, de TaxDown, subrayan que la propiedad es considerada compartida desde el momento del fallecimiento, independientemente de la falta de aceptación formal de la herencia. Cada hermano es propietario temporal de un tercio de ambos inmuebles y debe asumir sus responsabilidades fiscales. Aunque no haya un acuerdo sobre la herencia, cada hermano está obligado a incluir el inmueble en su declaración de impuestos, así como cualquier ingreso derivado del alquiler.
La “herencia yacente” se refiere al periodo entre el fallecimiento y la aceptación de la herencia. Durante este tiempo, a pesar de que no existe un propietario definido, los bienes generan derechos y obligaciones fiscales. Esta situación puede perdurar por años, y Hacienda asigna un Número de Identificación Fiscal específico a la herencia, del cual los herederos son responsables solidarios.
La ley establece un plazo de seis meses tras el fallecimiento para liquidar el Impuesto de Sucesiones, sin importar si los herederos han llegado a un acuerdo sobre la división de bienes. Las obligaciones fiscales corresponden a la herencia desde el primer día y no dependen del avance en el proceso de reparto. Por tanto, cada hermano debe liquidar su parte del impuesto correspondiente a los bienes heredados, que deben ser tratados como propiedad compartida hasta que se formalice el reparto final.
Los ingresos generados por cualquier bien heredado deben ser declarados. Esto incluye alquiles, dividendos de acciones o intereses, incluso si el dinero fluye a una sola cuenta. La imputación de rentas también es aplicable a propiedades vacías, donde Hacienda asume que el bien podría generar ingresos. Se aplica un porcentaje del valor catastral de la propiedad, que los herederos deben abonar.
Finalmente, una vez que se lleva a cabo el reparto de la herencia, la obligación fiscal se ajusta para recaer únicamente en el heredero que se queda con cada bien, y se finalizarán las responsabilidades compartidas.
