La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha invalidado disposiciones del Código Penal del estado de Guanajuato que habían reducido las sanciones para padres, tutores o cuidadores que someten a niñas, niños, adolescentes y personas LGBTIQ+ a lo que se conoce como terapias de conversión, también llamadas ECOSIEG. Esta decisión, que busca proteger los derechos humanos, afecta a muchas familias al reafirmar la necesidad de garantizar un entorno seguro y libre de violencia.
En un comunicado oficial, la Corte anunció que también se anuló la cláusula que excluía la responsabilidad penal cuando una persona mayor de edad supuestamente afectada otorgara su consentimiento para estas prácticas. La Corte argumentó que el consentimiento en contextos de poder desigual y vulnerabilidad no puede considerarse válido, ya que limita la verdadera libertad de decisión de las personas afectadas.
La Corte sostuvo que las terapias de conversión implican coerción y violencia, y por ello no pueden justificarse bajo ningún motivo. Esta afirmación subraya el compromiso del sistema judicial con la protección de la dignidad humana y los derechos de todos los ciudadanos.
Asimismo, el máximo tribunal calificó estas prácticas como graves violaciones a los derechos humanos y como tratos crueles e inhumanos que afectan derechos fundamentales como la igualdad, el libre desarrollo de la personalidad y la integridad personal. Estos elementos son esenciales para la vida en sociedad y para el bienestar emocional de las personas.
Además, recordó que la patria potestad y las responsabilidades de cuidado no pueden utilizarse como justificación para someter a menores o personas bajo tutela a conductas dañinas. Las personas encargadas de cuidar a otros tienen el deber reforzado de proteger su bienestar, tanto físico como emocional.
La resolución también se alinea con la posición sostenida por la Corte respecto a que las terapias de conversión carecen de respaldo científico y han sido denunciadas por diversas organizaciones nacionales e internacionales como prácticas inadmisibles. Al invalidar las normas locales que buscaban minimizar la responsabilidad penal en estos casos, se refuerza el marco legal en pro de los derechos humanos en México.
